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La ministra María Estela Ríos González generó debate al plantear que no todos los casos de mujeres deben ser analizados con perspectiva de género
19:10 miércoles 6 mayo, 2026
México
Con una mayoría de cinco votos contra tres, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en contra de Claudia Ivonne Sánchez Mayorga, al considerar que es responsable del delito de explotación sexual, del que obtuvo beneficios económicos, en el caso conocido como “Solid Gold”.
En su momento, el expresidente del máximo tribunal, Arturo Zaldívar, actual coordinador general de Política y Gobierno, encargó revisar y atender la defensa de la mujer, trabajadora en esa cadena de centros nocturnos, al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).
De hecho, como ministro presidente de la Corte, Zaldívar realizó una visita al Centro de Reinserción Femenil de Santa Martha Acatitla, en 2022, para reunirse con la mujer, quien cumplía una sentencia de 22 años de prisión y reclamaba que su caso no había sido procesado con perspectiva de género.
Tras esa visita, Sánchez Mayorga recobró su libertad y, en 2024, un tribunal federal revisó el caso y ordenó la reaprehensión de la sentenciada, quien promovió un amparo para ser detenida nuevamente, y el asunto llegó a la SCJN como Amparo Directo 29/2025.
El proyecto revisado este miércoles estuvo a cargo del ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, en el que se resolvió que la mujer sí es responsable de la explotación sexual en contra de dos víctimas, aunque hay más acusaciones en su contra, las que no fueron consideradas.
En la resolución se ordena al juez de la causa que revise el expediente y emita una nueva sentencia, la cual tiene que ser menor a los 22 años impuestos inicialmente.
"Las víctimas señalaron que fue la persona imputada quien les exigió tener relaciones sexuales con los clientes que pagaran más de 20 o 30 boletos para ganar más dinero.
“Párrafo 445. Al respecto, precisaron que la persona imputada era la principal encargada del control de las casas de las mujeres, las atendían, los inmuebles destinados a alojamiento de las víctimas y acudía a las negociaciones… Es decir, no solamente llegan a nuestro país a través del engaño, sino que les obligan a llevar a cabo estas actividades de explotación sexual”, explicó el ministro ponente, Guerrero García. Perspectiva de género
La ministra María Estela Ríos González generó nuevamente debate al plantear que no todos los casos en los que están involucradas mujeres deben ser analizados con perspectiva de género, ya que, en este caso, la sentenciada está consciente de la actividad que realizaba en el “table dance”.
“La señora actuaba en nombre de esa empresa, sabía exactamente como administradora qué actividades debía realizar. Entonces, no podemos decir que fue ajena a todo el conglomerado de personas que estuvieron actuando…
“Y yo coincido en que no en todos los casos debe aplicarse la perspectiva de género, porque también implicaría que todas las mujeres estamos sujetas a una falta de voluntad para tomar decisiones respecto de nuestras conductas y eso a mí no me parece correcto”, afirmó la togada.
El presidente de la SCJN, ministro Hugo Aguilar, planteó la complejidad del caso, al estar ante una conducta que la sociedad no debe tolerar, como la explotación sexual.
“A mí me preocupa que arribemos o que demos una señal en sentido contrario, porque entonces los llamados halcones que están sentados solo para dar noticias pueden decir ‘yo no estoy cometiendo un acto ilícito’ y podría ser que efectivamente no estén cometiendo por estar sentados en un lugar”, comentó el presidente de la SCJN.
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Con información de Excélsior